INE rechaza reforma para ampliar el mandato de “Alito” Moreno en el PRI

La Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral (INE) rechazó la modificación al artículo 83, fracción XXXVII, del estatuto del Partido Revolucionario Institucional (PRI) que aprobó el Consejo Político Nacional (CPN) el pasado 19 de diciembre, por lo que ni Alejandro Alito Moreno Cárdenas ni Carolina Viggiano Austria podrán seguir al frente de la Dirigencia Nacional más allá de agosto de 2023.

Este jueves 23 de febrero, se llevó a cabo una sesión, en donde los integrantes del Consejo General abordaron y analizaron los casos de inconformidad que presentaron  Juan Pablo Yáñez Jiménez y Antonio Lara Pérez; Miguel Ángel Osorio Chong y Claudia Ruiz; Héctor Astudillo Flores y Margarita Santos en contra de las decisiones que fueron tomadas en la LXII sesión extraordinaria del órgano colegiado del tricolor.

Tras esto, la Comisión del INE considero anular las modificaciones, por lo que, no sé podrán quedar más tiempo del previsto las personas dirigen el partido.

“El PRI no observó las normas estatutarias aplicables, motivo por el cual no existe material ni jurídicamente para que este Consejo General entre al estudio de la procedencia constitucional y legal de las modificaciones presentadas”, señalaron.

En la resolución se lee lo siguiente:

“Se declara la imposibilidad de pronunciarse sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones presentadas en los estatutos del PRI, aprobadas durante la LXII sesión extraordinaria del CPN, celebrada el diecinueve de diciembre de dos mil veintidós, en virtud del incumplimiento al procedimiento estatutario respectivo”.

Esto quiere decir que, en caso de que se apruebe la Comisión de Prerrogativas en la sesión general del INE, Moreno Cárdenas no podrá continuar frente al PRI debido a que en agosto de este año concluirían sus cuatro años como presidente nacional.

Cabe decir que la determinación aún puede ser impugnada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por lo que el caso no se ha cerrado hasta que la resuelva la Sala Superior.

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