El dinero de las Afores que nadie recoge pasará al Fondo de Pensiones para el Bienestar.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó este 12 de agosto la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar. El Pleno también avaló que recursos de las Afores se transfieran a este nuevo esquema.
Los ministros autorizaron el traspaso de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Esta medida aplica únicamente cuando los trabajadores no reclaman su dinero al cumplir cierta edad.
En el caso de afiliados al IMSS, el límite es de 70 años. Para quienes pertenecen al ISSSTE, el plazo se extiende hasta los 75 años.
La Corte aclaró un punto esencial para tranquilidad de los trabajadores. Los recursos siguen perteneciendo a su dueño original o a sus beneficiarios legales.
Además, cualquier persona puede solicitar la devolución de ese dinero en cualquier momento. La reforma no representa una apropiación por parte del Estado, según explicó el tribunal.
El cambio central consiste en modificar la institución que administra esos fondos. Los derechos de los titulares permanecen intactos, de acuerdo con la Acción de Inconstitucionalidad 116/2024.
Esta decisión llega en un contexto de varios fallos recientes sobre el sistema de pensiones. La Corte también resolvió temas como el embargo de cuentas Afore por pensión alimenticia y los topes salariales para jubilaciones dobles en el IMSS.





