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EL INTERÉS SOCIAL Y EL ORDEN PÚBLICO

agosto 10, 2022
Opinión de Héctor Ramírez Carrillo

Opinión de Héctor Ramírez Carrillo

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Muchas veces hemos leído en ordenamientos normativos de toda clase y de las distintas materias jurídicas que nuestro derecho positivo contiene las frases siguientes: “de orden público e interés social”; pero ¿a qué se refiere dicha fórmula? ¿Qué quieren decir o qué significan ambas acepciones insertas en la Ley vigente? Toda norma es un enunciado de que implica un deber ser.

Pues bien, sin afán de entrar en sendas teorías o alargarnos en un tratado de conceptos que, lejos de clarificar, podrían confundirnos con vaguedades incomprensibles para quienes no se encuentran familiarizados con terminologías sociológicas, políticas o jurídicas, debemos establecer con practicidad que el orden público y el interés social son esencialmente la razón de ser de cualquier viso o noción de sociedad o comunidad humana, cualquiera que ésta sea y que pretenda ser una unión armónica de individuos interactuando entre ellos.

Recientemente, el Presidente de la República en una de sus habituales conferencias mañaneras hacía una valiosa reflexión al respecto; disertaba unas consideraciones sumamente importantes y evidentemente necesarias para entender, más allá de la rigurosidad de los términos académicos, alejado de elevados análisis políticos o jurídicos con sencillez y maestría, el fin último que persigue el Estado. 

En muchas ocasiones, el Presidente López Obrador ha manifestado que encima de la formalidad de la Ley, se encuentra su fin último, el valor de la justicia. Y es que, resulta necesario dejar claro que en efecto, la finalidad del Derecho es la obtención de la justicia, mas allá de ser simplemente un cúmulo aburrido y sistemático de normas o instituciones estatales y jurídicas.

Hoy se le vienen encima los formalistas del Derecho, los conservadores consuetudinarios, los que se rasgan las vestiduras por el supuesto quebrantamiento de la legalidad, pero los que hipócritamente siempre han utilizado los subterfugios de la Ley para obtener los beneficios de las lagunas de ésta, y han alegado siempre que han actuado dentro del margen de la ley, por ejemplo, en el fraude grosero y descarado del 2006, cuando se impuso al espurio Felipe Calderón; éste y sus huestes alegaban con vehemencia que al no estar contemplado en la Ley que debía hacerse un recuento de voto por voto, él no podía conceder tal revisión, puesto que estaría quebrantando el marco legal. Es decir, se atenía a la letra textual de la Ley. De igual manera, quienes con el pretexto estricto de un supuesto desacato a una orden judicial, desaforaron al hoy titular del Ejecutivo federal por abrir el acceso de una calle a un centro médico, se llenaban la boca de argumentos supuestamente escrupulosos del acatamiento de la Ley. 

Sin embargo, hoy critican de autoritario y dictador que el Presidente Andrés Manuel López Obrador utilice sus facultades establecidas en la Constitución, legítimas y legales para decretar y considerar de utilidad pública los proyectos prioritarios de su gobierno, para el desarrollo e infraestructura del país, al blindarlos como de Seguridad Nacional mediante decreto perfectamente justificado, puesto que es de Seguridad Nacional el desarrollo y progreso del país, ya que con ello se mantendría la gobernabilidad, la viabilidad y se aseguraría que muchos connacionales eviten insertarse en las filas del mercado negro laboral en los grupos delincuenciales, se evitaría engrosar los ejércitos del sicariato y de los cárteles de la droga exacerbados por las políticas económicas aplicadas antaño. 

Por esa simple razón, resulta completamente justificada la categorización de proyectos como de Seguridad Nacional, además de otras razones que por obviedad no pueden estarse ventilando en el debate público puesto que pondrían en riesgo la soberanía y autonomía que como país, México se merece y tiene el derecho pleno de reservarse ante otras naciones por ser estos aspectos fundamentales de su desarrollo. 

En tal situación debemos estar ciertos que el fin último de toda norma e institución creada desde la sociedad es el bienestar general, el mejoramiento de la calidad de vida y la búsqueda de la felicidad para cada uno de los miembros de ésta. Aquí remarcar y hacer hincapié que todo lo que se crea socialmente busca el beneficio colectivo por encima de cualquier interés particular o de grupo por válido y legítimo que éste sea. 

No se puede permitir que grupúsculos facciosos con intereses creados o contrarios al interés supremo del pueblo impongan sus agendas, la sociedad no puede darse el lujo de seguir manteniendo intereses particulares intocables como lo han venido siendo grupos patronales, multimillonarios fuera de las obligaciones estatales de contribución al gasto y la elusión o evasión de impuestos, de grupos o sujetos en lo individual, al detentar concesiones estatales medran y golpean al gobernante que los hace entrar en cintura. Tampoco podemos ya seguir tolerando leguleyos otrora ministros o juzgadores que de facto eran el andamiaje institucional para la permisiva sarta de corrupción política enquistada en los gobiernos PRIANISTAS, y que ahora son los litigantes de cabecera de los que pretenden regresar por sus anteriores cúmulos de privilegios. No digamos su apellidos porque José Ramón Cossío Díaz puede molestarse. 

Que el orden público y el interés social de desarrollo, democracia y progreso estén siempre por encima de leyes o gobiernos a modo.

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Tags: 4TcolumnaHéctor Ramírez Carrilloopinión
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